El 6 de Marzo de 1990, la barcaza
Cibro Savannah misteriosamente explotó y se puso en llamas en Linden, New Jersey
mientras era remolcada del muelle de Citgo.
Contenía más de 4.200.000 galones
de combustible de calefacción hogareño. Se estima que 127.000 galones fueron
derramados en el estrecho de Arthur Hill.
No se sabe cuánto combustible fue
consumido por el fuego y alrededor de 3.800.000 de galones permanecieron en la
barcaza para ser descargados.
Este derrame fue un evento de
importancia histórica Estados Unidos.
El derrame no produjo demasiados
daños ambientales porque fue contenido, aunque una pequeña capa de combustible,
una mancha negra se esparció dos millas al sur al Fresh Hill de Staten Island.
Detalles del hecho:
Consecuencias inmediatas del hecho: Derrame de
combustible.
Causa del incidente: Fuego/explosión.
Producto de preocupación: #2 Fuel Oil.
Dimensiones del buque: 400
pies.
Cantidad derramada: 127.000 galones.
Total de la carga: 4.200.000 de galones.
Carga remanente luego del incidente: 3.800.000 de galones.
Información
adicional: 1 galón USA = 3,78533 litros | 1 litro = 0,2642 galones USA.
Propietario del buque: Cibro.
Operador de transporte: Montauk
transportation Oil Company, una rama de Cibro.
Remolcador del buque:
Bouchard transportation corporation..
Descripción del Cibro
Savannah:
-
Tipo: barcaza.
-
Material: acero.
-
Forma: buque.
-
Origen: Galveston, Texas.
-
Año de construcción: 1980.
-
Última inspección antes del suveso: Febrero de 1990.
Causas del hecho:
La guardia costera informó que luego
de dos misteriosas explosiones que rasgaron la barcaza que había cargado, 4.200.000 galones fueron derramados en el Arthur Hill más de 100.000 galones de
combustible de calefacción hogareño.
Nunca se halló respuesta a la causa
de las detonaciones gemelas que
iniciaron el siniestro.
Ninguna maquinaria estaba operativa
al momento de la primera detonación, alrededor de las 13:30 del miércoles 6 de
marzo de 1990, y el personal de la barcaza y del remolcador se encontraban en sus puestos correspondientes.
El Cibro Savannah había sido
inspeccionado por US COAST GUARD (rama de los servicios de las fuerzas armadas
de EEUU) el 16 de febrero de 1990 y encontrada “apta para la navegación”
(found to be sound), además que la barcaza no estuvo envuelta en derrames
previos y había sido revisada periódicamente 2 veces en los últimos 3 años.
“Es una especie de explosión
misteriosa” declaró el Capitán James Sanial, jefe de la Oficina de Inspección
Marina de la US Coast Guard.
Los investigadores buscaron varias
hipótesis causales en las que se barajaron tanto electricidad estática como
sabotaje.
Se investigó si la barcaza de 400
pies Cibro Savannah, propiedad de Cibro Petroleum, fue rigurosamente limpiada
de su carga anterior de gasolina antes de que el fuel oil fuera cargado. Cibro
aportó documentación indicando que la limpieza fue realizada.
Afirman que la mayor parte del combustible
permaneció embarcado, unos 3.800.000 galones.
Procedimiento de limpieza y contención del derrame:
- 25 camiones aspiradores.
- Filtros.
- Contención de la fuga con barreras.
- Parches en la hendidura del casco.
- 150 obreros.
-
Resultados:
- 36.000 galones recuperados.
- Aun así no se sabe cuánto fue consumido por el fuego y el resto habría sido derramado y esparcido en el curso de agua.
- La mayor parte del combustible fue contenida por las barreras cerca de la terminal de Citgo y no hubo fuertes concentraciones de combustible que se abrieran camino al canal.
-
Consecuencias:
- Las autoridades del puerto de New York, manifestaron que una pequeña cantidad de combustible continuó drenando a través del lado de la barcaza donde los buzos trataron de emparchar la hendidura en el casco.
- Una pequeña capa de combustible (denominada “mancha” o "marea negra") se esparció desde la barcaza a 2 millas al sur a la zona de Fresh Kills de Staten Island. La mancha se disipó al sur por el viento.
- Los oficiales informaron que el daño ambiental fue mínimo debido a que la mayor parte del combustible fue contenido y las áreas sensibles incluyendo las islas Pralls y Shooters en Arthur Hill fueron protegidas por barreras que fueron puestas luego del derrame de Exxon en New Jersey. Carol Ash, directora regional del Departamento de Conservación Ambiental del estado de New York dijo que el accidente pudo tener consecuencias mucho mas graves considerando la cantidad de fuel oil #2 a bordo. Si el derrame hubiera ocurrido la semana siguiente, pudo haber sido mucho peor debido a que se esperaba la llegada de las bandadas migratorias de dos especies de garzas.
- En cuanto al impacto ecológico, los múltiples derrames que ensuciaron las aguas, en y cerca del Arthur Hill, amenazaban con revertir el progreso hecho en restaurar la vida salvaje en el pequeño curso de agua que separa New Jersey y Staten Island.
Medidas tomadas por las autoridades luego del hecho:
El gobernador Fiorio del área de New
Jersey, llamó a una conferencia entre oficiales públicos y ejecutivos de la
industria petrolera para encontrar la manera de prevenir futuros derrames.
Responsabilidad por los Daños
La Barcaza al momento de ocurrir el
siniestro era propiedad de Cibro, y operada por Montauk Oil Transportation
Company, una división de Cibro. La guardia costera declaró que Montauk (como división de Cibro) asumió
la responsabilidad por el incidente en cuanto a daños ambientales.
Los gobiernos de New York, New Jersey
y el estado federal de los Estados Unidos, actuando a través de la
Administración Nacional Atmosférica Y Oceanica (National Oceanic and Atmospheric Administration NOAA) del "Departamento de comerci(o de
Estados Unidos", reclamaron contra Montauk colectivamente por los daños a
los recursos naturales ocasionados por el derrame de hidrocarburo del Cibro Savannah.
En base a este reclamo firmaron entre las partes involucradas el MOA o “Memorandum Of Arrangement” o Memorando de Acuerdo, por el que:
En base a este reclamo firmaron entre las partes involucradas el MOA o “Memorandum Of Arrangement” o Memorando de Acuerdo, por el que:
1) Los
gobiernos determinaron y acordaron, según el Plan de Contingencia Nacional, el
Clean Water Act, y otros documentos, que habrían de:
a) Cooperar
para la protección y restauración de recursos naturales.
b) Asignación
de fondos para responder a los daños.
c) Establecer
procedimientos para determinar montos y forma de pago, por las responsabilidades derivadas del accidente, en
arreglo con Montauk y su mayoría de accionistas.
2) Asignación
de costos y daños a recursos naturales. Aquí se establece la responsabilidad
por la que debe responder Montauk.
3) Se
asignan las sumas correspondientes que debe pagar a cada uno de los gobiernos
Montauk y los modos de cancelar el pago. Las indemnizaciones asignadas fueron
las siguientes:
- New Jersey: U$S 10.000
- New York: U$S 6.550
- New York City: U$S 122.880
- NOAA: U$S 56.630
4) Se
estableció que las sumas que depositadas a los gobiernos habrían de ser
invertidas en proyectos que beneficien los recursos naturales dañados por el
derrame de acuerdo a la asignación del “Plan de Restauración de Recursos
Naturales Por Escape de Combustibles y Quimicos”, en El Estuario Del Puerto De
New York/New Jersey.
Tareas de asistencia y salvamento prestadas:
Tareas de asistencia y salvamento prestadas:
Concurrieron a
prestar los servicios, de asistencia y salvamento los buques “el salvador” y “Ocean
pollution control”.
Siendo el valor
de las cosas salvadas elevado, como lo es el petróleo, el juez pudo fijar un
monto acorde a las tareas efectivamente prestadas, teniendo en cuenta el éxito
obtenido, el esfuerzo y mérito de quienes prestaron el auxilio, el peligro
corrido por las personas y cosas auxiliadas y por los auxiliadores y los medios
empleados, el tiempo empleado y los daños, gastos y riesgos de responsabilidad
incurrido por quienes prestaron el auxilio, y el material empleado.
El valor se
distribuyó de forma proporcional a los servicios prestados por cada buque,
siendo para cada uno la siguiente suma en concepto de salario:
·
El Salvador: U$S 100.000
·
Ocean Pollution
Control: U$S 120.000
Seguros:
Entre la empresa
vendedora de petróleo y quién habría de adquirirlo habían pactado la cláusula
CIF, por lo tanto el vendedor había contratado el seguro para la carga poniendo
como beneficiario al comprador. Por lo que fue éste quien debió intimar a la
compañía aseguradora a que reintegre lo pagado al vendedor a través del crédito
documentario.
La misma procedió a hacerlo luego de constatar que el hecho no fuera producto de un hecho o acto del asegurado o sus dependientes efectuado por con dolo o culpa grave, que el buque se encontrara dentro de la ruta establecida, que no se hubiere producido por vicio de la carga ni mal acondicionamiento.
La misma procedió a hacerlo luego de constatar que el hecho no fuera producto de un hecho o acto del asegurado o sus dependientes efectuado por con dolo o culpa grave, que el buque se encontrara dentro de la ruta establecida, que no se hubiere producido por vicio de la carga ni mal acondicionamiento.
Por su parte el
propietario del buque (Cibro) había contratado un seguro para el mismo, a través de
MAPFRE aseguradora, la que, luego de constatar que no se tratara de un
accidente producto del hecho intencional del propietario o sus dependientes, que
el buque se encontraba dentro de la zona geográfica establecida en la póliza para
la navegación del buque y que no se trataba de un vicio oculto (esto fue
comprobado por Cibro a través de los certificados de limpieza e inspecciones), hubo de
resarcir las pérdidas sufridas por el barco y aquellas producto de las averías
gruesas y simples.
El Remolcador (Bouchard) había contratado un seguro sobre el flete, que fue cobrado luego de que la aseguradora hiciere las constataciones pertinentes.